ÁREA DE REHABILITACIÓN MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS VALLE NORTE DEL LOZOYA
DENTRO DEL PRESENTE AÑO SE ABRIRÁ PRÓXIMAMENTE LA CONVOCATORIA DENTRO DEL PLAN DE VIVIENDA 2018-2021 DE SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS.
CON FECHA 10 DE JUNIO DE 2019 YA SE HAN PUBLICADO LAS BASES REGULADORAS. A CONTINUACIÓN SE PUBLICARÁ LA CONVOCATORIA.
LAS NUEVAS BASES INCORPORAN ELEMENTOS IMPORTANTES Y DIFERENCIALES RESPECTO AL PLAN ANTERIOR QUE ENUNCIAMOS CON BREVEDAD: SIEMPRE PARA OBRAS TERMINADAS CON POSTERIORIDAD A 1 DE ENERO DE 2018.
Tipo de actuaciones subvencionables.
El tipo de actuaciones se dividen en:
- Obras o trabajos de mantenimiento e intervención incluso en el interior de las viviendas, instalaciones fijas, equipamiento propio y elementos comunes para adecuarlo a la normativa vigente.
- Fomento de la eficiencia energética.
- Fomento de conservación, mejora de la seguridad de utilización y accesibilidad
Mínimo de inversión
- En unifamiliar superior a 800€ por vivienda en accesiblidad y 3.000€ en resto de actuaciones
- En colectiva mayor de 800€ en accesibilidad y 6.000€ en resto de actuaciones
Cuantía de las ayudas
- Mantenimiento y conservación e interior
- a. 40% de la intervención con un máximo de 12.000 € por vivienda
- b. Si existen locales, se añade 120€/m2
- c. Para unidades de convivencia con ingresos menores a 3 veces IPREM, 75% de la inversión.
- d. Para mayores de 65 años o con discapacidad, 75% de la inversión en accesibilidad para esa vivienda
- Fomento de la eficiencia energética
- a. 40% de la intervención con un máximo de 12.000€/vivienda en unifamiliar y 8.000€/vivienda en colectiva. Para locales comerciales 80€/m2 local
- b. Para unidades de convivencia con ingreso menores a 3 veces IPREM, 75% de la inversión.
- c. Para viviendas con residente discapacitado el límite pasa a 18.000€/vivienda en unifamiliar y 12.000€ en colectivo. Si hay discapacidad máxima los límites son de 24.000€ y 16.000€ respectivamente
- Fomento de conservación, mejora de la seguridad de utilización y accesibilidad
- a. Para cimentación, estructuras, cubiertas, etc. 40% de la intervención con un máximo de 3.000€/vivienda y 30€ para locales
- b. Para conservación y accesibilidad 40% de la intervención con un máximo 8.000€/vivienda
- c. Si hay discapacidad 1c el límite pasa a 14.000€/vivienda y discapacidad máxima 17.000€/vivienda.
- d. En ingresos menores a 3 veces IPREM el 75%
- e. En accesibilidad, para mayores de 65 años o discapacidad el 75%
- Para menores de 35 años se aumenta el 25% la subvención
Documentación a presentar
La documentación a presentar es la habitual pero presenta varias novedades:
- Es obligatorio junto a la memoria o proyecto realizar por técnico competente el Informe de Evaluación de Edificios tanto para unifamiliar como colectiva.
- Certificado discapacidad, en su caso
- En su caso, Copia declaración de Hacienda de cada miembro de la unidad de convivencia, último periodo. Si no declaran, certificado de imputación de rentas
- Si el presupuesto es mayor de 40.000€, tres ofertas de contratistas o justificación de no existencia de alternativas.
Además, dentro de lo habitual,
- Solicitud a descargar una vez haya convocatoria y completa. Envío por ORVE desde el Ayuntamiento.
- Copia del NIF del solicitante o representante de la Comunidad de Propietarios.
- Si es arrendatario, autorización del propietario.
- Datos del edificio a rehabilitar. Certificados de empadronamiento y Notas simples. Si las viviendas están vacías, compromiso de arrendamiento.
- En caso de Comunidad de Propietarios, Acta de la Junta con la aprobación de las obras y nombramiento del Representante.
- Solicitud de licencia.
- Memoria o proyecto, en su caso firmado por técnico competente.
- Presupuesto de contratista desglosado por partidas y NIF de la empresa
- Reportaje fotográfico del estado actual
Para consultas podéis utilizar el correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. indicando en ASUNTO: PLAN 18-21 y referencia solicitante y municipio, en su caso